19/6/08

PARTICIPACIÓN X

Junta Directiva
La Junta Directiva es el órgano de representación de la Asociación, y está encargada de gestionar y representar los intereses de la misma, de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Solo podrán formar parte de ella personas asociadas.

Sus facultades se extienden a todos los actos comprendidos en los fines de la Asociación, aunque los estatutos pueden establecer aquellos actos que necesitan el acuerdo de la Asamblea General.
La estructura, funcionamiento, representatividad y facultades deben ser establecidas por los estatutos de la Asociación.
Las elecciones y ceses de los miembros de la Junta Directiva deben inscribirse en el Censo de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación. En caso de dimisión de todos los miembros de la Junta Directiva debe hacerse una Asamblea General convocada a los efectos de escoger una nueva Junta Directiva.
Los miembros de la Junta Directiva ejercen su cargo gratuitamente, pero sí tendrán derecho al anticipo y reembolso de los gastos debidamente justificados.

La Junta Directiva puede reunirse de manera informal cada vez que sea necesario, pero habrá que establecer los cauces para que los acuerdos tomados sean conocidos por todos, por lo que lo aconsejable es reunirse de manera formal con un Orden del día y levantando acta de los acuerdos alcanzados. Este acta será firmado por la persona responsable de la secretaría, con el visto bueno de la presidenta o el presidente.

Entrada efectuada por Salvador Pérez

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